viernes, abril 19, 2024

El Gobierno creó una comisión para la nueva reforma del Código Civil y Comercial

A dos años y medio de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, el Gobierno dispuso hoy la creación de una comisión para la modificación parcial del texto. El decreto 182/2018, publicado en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Mauricio Macri y por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano , estableció que la comisión deberá elevar al Poder Ejecutivo un anteproyecto de ley en un plazo de seis meses desde que quede formalmente constituida.

El nuevo” Código Civil y Comercial entró en vigencia el 1° de agosto de 2015, pero transcurridos dos años a partir de su aplicación y de la dinámica constante de la realidad, el Gobierno planteó que “se evidencia la necesidad de efectuar ciertas modificaciones en su articulado, reformando algunos aspectos e introduciendo otros que no fueron considerados al tiempo de su redacción.

Especialistas reunidos en el Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado trabajó en la iniciativa “Observatorio del Código Civil y Comercial” del Programa Justicia 2020 y concluyeron que resulta necesario efectuar ajustes puntuales al Código vigente, según los considerandos de la norma.

La comisión estará integrada por los abogados Julio César Rivera, Ramón Daniel Pizarro y Diego Botana, y Agustina Díaz Cordero y Marcelo Alejandro Rufino serán secretaria académica y secretario ad hoc, respectivamente. Todos desarrollarán su tarea ad honorem.

La comisión en cuestión tendrá un reglamento de funcionamiento propio, pero en articulación con el Programa Justicia 2020 que funciona en la órbita de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Textual

Artículo 1°.- Créase en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la “Comisión para la Modificación Parcial del Código Civil y Comercial de la Nación”, la que tendrá a su cargo la elevación al Poder Ejecutivo Nacional de un anteproyecto de ley de modificación parcial del Código Civil y Comercial de la Nación, en el plazo de seis (6) meses a contar desde la fecha en la que quede formalmente constituida. Dicho plazo podrá ser ampliado a pedido de la Comisión.

Artículo 2°.- La Comisión creada por el artículo 1° estará integrada por los doctores Julio César Rivera, Ramón Daniel Pizarro, Diego Botana, Agustina Díaz Cordero, quien se desempeñará como Secretaria Académica, y Marcelo Alejandro Rufino, quien actuará como Secretario “ad hoc”. Los miembros de la Comisión desarrollarán su tarea “ad honorem”.

Artículo 3°.- La “Comisión para la Modificación Parcial del Código Civil y Comercial de la Nación” dictará su propio reglamento interno de funcionamiento y deberá articular su accionar con el “Programa Justicia 2020” que funciona en la órbita de la Secretaría de Justicia del citado Ministerio, a los fines de hacer uso de la plataforma digital del Programa, informar los avances del proyecto y recibir allí los aportes que aseguren la representación federal y pluralista de la sociedad.

Artículo 4°.- Para el cumplimiento de su cometido la Comisión contará con el apoyo técnico y administrativo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el que dictará las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para el cumplimiento del presente acto.

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