viernes, abril 26, 2024

Macri firmó más de la mitad de sus DNU con el Congreso cerrado

“Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros”. Lo que se transcribió es parte del artículo 99 de la Constitución Nacional, el cual define las “Atribuciones del Poder Ejecutivo”.

Los gobiernos, en general, sean del color político que sean, tienen una consideración particular de lo que son esas “circunstancias excepcionales” para el uso de los DNU. Porque además, el trámite tiene un segundo paso, saber: “El jefe de gabinete de ministros personalmente y dentro de los diez días someterá la medida a consideración de la Comisión Bicameral Permanente, cuya composición deberá respetar la proporción de las representaciones políticas de cada Cámara. Esta comisión elevará su despacho en un plazo de diez días al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, el que de inmediato considerarán las Cámaras”. Es decir, el DNU debe ser elevado al Congreso -más allá de que sea una atribución que tiene el Presidente- y el Poder Legislativo debe refrendarlo o rechazarlo. Una ley posterior, impulsada por la entonces senadora Cristina de Kirchner, estableció que para que esa última posibilidad ocurra debe ser rechazado por ambas Cámaras; caso contrario sigue vigente.

Sin embargo, la norma no determina un plazo para que realice ese pronunciamiento de ambas Cámaras y dispone que el DNU no pierda su vigencia por la falta de tratamiento del Congreso. Cuando se aprobó la ley en 2006, quienes mostraron mayor resistencia a este punto fueron los bloques del PRO y la UCR, con el argumento de que sería “un franco retroceso para la democracia y para la calidad institucional del país”. Pero hoy son ellos quienes están en el poder.

Mauricio Macri está a punto de cumplir 800 días como Presidente y ya firmó un total de 37 Decretos de Necesidad y Urgencia. Si comparamos el uso que le han dado el resto de los jefes de Estado a esa herramienta desde el retorno de la democracia, en igual período, el actual mandatario queda cuarto en el ránking. Esa lista la encabeza Eduardo Duhalde (154), seguido por Néstor Kirchner (132), y Fernando de la Rúa (59). Más atrás vienen Carlos Menem (36 y 35, en su primera y segunda presidencia, respectivamente), y Cristina de Kirchner (21 y 25). Casos especiales son los de Adolfo Rodriguez Saá, que firmó seis durante la semana que fue asumió la presidencia tras la caída de la Alianza, y Raúl Alfonsín, que emitió solo 10 en toda su gestión. Estos datos surgen de un análisis que realizó ámbito.com en base a registros oficiales.

Pero hay una cuestión en la que se destacan especialmente los DNU de Macri. Más de la mitad, precisamente el 54%, fueron emitidos en tiempos de receso legislativo, lo que agrega un nivel de dificultad a su revisión. Técnicamente, estaría detrás del segundo mandato de Cristina de Kirchner, en el cual firmó, siempre en igual período, un 57%. Pero si se suman sus dos gestiones, el porcentaje de la expresidente baja a 41,3%. De la Rúa (40,7%), Duhalde (32,5%), Kirchner (25,8%) y Menem (15% sumando sus dos mandatos), tienen también un registro menor.

“Tiene que ser un recurso que se use lo mínimo e indispensable. Que como dice la Constitución no hay forma de que una medida avance desde lo legislativo, pero no cuando hay un receso. Es para cuando hay realmente una emergencia”, analiza Noel Alonso Murray, Directora Ejecutiva de Directorio Legislativo. Y agrega: “Constitucionalmente está cubierto, pero si hilamos fino, para cuestiones como estas podría haber convocado a nuevas sesiones extraordinarias o haber esperado para marzo”. De todos modos, aclara que esto “es inherente a todos los presidentes, no exclusivo de Macri”. “Incluso lo ha hecho Cristina que tenía mayoría en ambas Cámaras”, remata.

Para Germán Emanuele, Director Transparencia y Lucha contra la Corrupción de Poder Ciudadano, “hay cierto abuso en tanto y en cuanto uno lo analiza desde el punto de vista jurídico. Porque con la excusa de que hay una necesidad y urgencia se emiten normas que son propias del trámite legislativo”. “La necesidad y la urgencia opera cuando hay una violación contra uno de los derechos que establece la Constitución. La Justicia considera que eso ocurre cuando el Congreso materialmente no se puede juntar. Hay un fallo de la Corte que establece que es válido en caso de conmoción interna o que por causas de fuerza mayor el Congreso no se puede reunir en los tiempos necesarios”, explica.

Emanuele también atribuye el uso excesivo de los DNU a una cuestión que va más allá de quiénes sean los inquilinos de turno en la Casa Rosada. “Desde el punto de vista político se confunde esa necesidad y urgencia con algo de la administración y no con el cumplimiento de la Constitución. Este criterio es algo que puede verse por lo menos en los últimos cuatro gobiernos”, señala. Y añade: “Si sabés que tenés que emitir determinadas normas, podés llamar a extraordinarias. Cuando se habla de imposibilidad de que se reúna el Congreso quiere decir que materialmente los legisladores no puedan llegar al recinto. Por eso se habla de conmoción interna, ataque exterior, crisis. No hay condiciones que justifiquen el dictado de un DNU. En definitiva lo que hacen es debilitar el rol de los poderes del Estado”.

Varios DNU de Macri han despertado polémica en la opinión pública y conflictos políticos con la oposición y los gobernadores. Desde cambios en el reparto de fondos, hasta la designación en comisión de los jueces Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti como miembros de la Corte Suprema, pasando por desactivar la Ley de Medios y establecer un nuevo marco para los inmigrantes que vienen al país con controles más estrictos. También evaluó la posibilidad de utilizar la herramienta para avanzar con la reforma previsional cuando parecía que no iba a poder sancionarla el Congreso. Esa idea fue finalmente descartada luego de un tuit de la líder de la Coalición Cívica y socia fundadora de Cambiemos, Elisa Carrió, que advirtió que esa medida sería “inconstitucional”.

Ahora es el turno del mega DNU de “simplificación y desburocratización” del Estado, que consta de más de 170 artículos, modifica 19 leyes, seis decretos y dos decretos de ley y al tiempo deroga otras 15 leyes, decretos y decretos ley. Para los especialistas consultados no parece haber ningún tipo de necesidad y urgencia en estas normas que justifique saltarse el debate parlamentario. También días atrás sumó su voz en contra la presidente de Transparencia Internacional, Delia Ferreira Rubio, al sostener en declaraciones periodísticas que “no hay una situación excepcional para sancionar un DNU”.

Este martes, la comisión bicameral de Trámite Legislativo analizará el mega DNU y se descuenta que tendrá dictamen. Luego entrará en un limbo. No será llevado al recinto hasta después del 1 de marzo cuando el Congreso retome su actividad. Luego la oposición deberá conseguir los votos para rechazarlo en ambas Cámaras, algo que hasta ahora jamás ocurrió. En el oficialismo hay dudas de poder sostenerlo en pie.

Por eso, tal como publicó Ámbito Financiero la semana pasada, el Gobierno diagrama un plan B que incluye descuartizar el DNU en varias leyes y decretos simples con el fin de avanzar con los puntos menos urticantes y negociar el resto. Así buscaría una reconciliación con el “peronismo friendly”, que criticó más la forma que el fondo de la medida, y apaciguar los ánimos en su propia tropa, en la que varios, entre ellos la líder de la CC de Carió, han militado históricamente en contra de los DNU. La otra alternativa es evitar que se trate en el recinto, porque tal como establece la ley, mientras no sea rechazado continuará en vigencia.

Siguenos

1,425FansLike
121FollowersFollow