jueves, abril 25, 2024

Ya es oficial: el Gobierno autorizó suspensiones rápidas con rebaja del 25% en los salarios

Gobierno dispuso un mecanismo abreviado para autorizar las suspensiones rápidas con rebajas salariales del 25% en el personal sin tareas. A través de la resolución 397 que será publicada en las próximas horas, el Ministerio de Trabajo encabezado por Claudio Moroni precisó los alcances del acuerdo entre la UIA y CGT para licenciar personal sin tareas con el pago del 75% del salario neto. Así, se busca agilizar los convenios de crisis en medio de los cuestionamientos que surgieron en las últimas horas.

“Las presentaciones que, en conjunto, efectúen las entidades sindicales con personería gremial y las empresas, para la aplicación de suspensiones conforme al artículo 223 bis de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, que se ajusten íntegramente al acuerdo adjunto a la presente Resolución y acompañen el listado de personal afectado, serán homologadas, previo control de legalidad de esta Autoridad de Aplicación. Igual criterio se seguirá en aquellos casos en que el acuerdo sea más beneficioso para los trabajadores”, reza la normativa en su primer artículo.

Los cambios establecen además un procedimiento especial para las empresas que implementen medidas similares. En ese caso, las presentaciones enmarcadas dentro del esquema acordado “serán remitidas en vista a la entidad sindical con personería gremial correspondiente por el plazo de 3 días, pudiendo ser prorrogado por 2 días adicionales a solicitud de la representación gremial”.

“Vencido el plazo indicado, el silencio de la entidad sindical la tendrá por conforme respecto del acuerdo sugerido por la representación empleadora. La oposición de la entidad sindical a los términos del acuerdo sugerido por la representación empleadora, vigentes los plazos indicados en el primer párrafo del presente artículo, importará para las partes la apertura de una instancia de diálogo y negociación”, indica la resolución.

Los acuerdos que, en cambio, no se ajusten íntegramente al acuerdo UIA-CGT serán sometidos al control previo del Ministerio de Trabajo, por lo que el trámite se realizará en los plazos habituales. Por último, la resolución precisa que “las partes deberán consignar en su presentación inicial una declaración jurada acerca de la autenticidad de las firmas allí insertas en los términos previstos por el artículo 109 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 2017)”.

El Gobierno reforzó así el dispositivo de emergencia laboral puesto en marcha a fines de marzo tras el inicio de la cuarentena. Frente a la ola de despidos y suspensiones unilaterales, el decreto 329 prohibió las cesantías y licenciamientos por fuerza mayor, a la vez que habilitó los acuerdos con los sindicatos para implementar la reducción de la jornada laboral y los salarios mediante el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

El acuerdo entre la UIA y la CGT aceleró la negociación de un esquema similar en comercio, la industria metalúrgica y el rubro gastronómico. Y fue bien recibido por los asesores de empresa. “Todos estos acuerdos son puentes que ayudan a salir mejor de esta pandemia y crisis económicas, todas las herramientas que facilitena cuerdos van ayudarnos a todos”, dijo el abogado Juan Carlos Cerutti.

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